Entre amigos

Está prohibido que las autoridades capturen a ciudadanos por incumplir cuarentena domiciliar

Sala de lo Constitucional reitera medida cautelar ordenando que no debe haber privados de libertad por violar la cuarentena domiciliar, irrespetando los derechos constitucionales.

Por lo que la Policía Nacional Civil, la Fuerza Armada y cualquier otra autoridad, tienen constitucionalmente prohibido privar de libertad en la forma de confinamiento o internamiento sanitario forzoso a las personas que incumplan la orden de cuarentena domiciliar.

El presente documento es “El Habeas Corpus como proceso constitucional, constituye un mecanismo de satisfacción de pretensiones que una persona aduce frente a una autoridad judicial o administrativa e incluso particular cuando su libertad o la de la persona a cuyo favor se solicita se encuentra ilegal o arbitrariamente restringida, así también cuando la restricción no exista pero sea inminente su producción.”

Descarga el Documento:

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Las detenciones por más de 72 horas son detenciones ilegales una persona en esta emergencia debe de ser detenida, trasladada a un centro de salud ser chequeado clinicamente y de no tener signos y síntomas de COVID-19 debe de ser llevado a su casa y obligado a guardar cuarentena domiciliar. Según la sala de lo constitucional.


 

“Las personas que se vayan a cuarentena sólo procede cuando hay nexos epidemiológicos, sino es así y va a cuarentena es una detención ilegal”.

 

Es importante que acatemos las medidas de prevención ante la Pandemia del Covid-19, para evitar cualquier acto de vulnerabilidad de Derechos Humanos. Sin embargo las medidas que han tomado respaldan a los ciudadanos Salvadoreños, para una detención arbitrarias o abuso de autoridad.

 

Recuerda quédate en casa, cuida de ti y tu familia.  

 Asociación Entre Amigos

@LilianaHernadz